
Carta Pastoral de la Conferencia Episcopal Puertorriqueña sobre la Salud en Puerto Rico
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Una Conferencia Episcopal corresponde a una institución de “carácter permanente”, la cual está formada por una asamblea de Obispos de un país o territorio.
El canon 450 del Derecho Canónico establece que “De propio derecho, pertenecen a la Conferencia Episcopal todos los Obispos diocesanos del territorio y quienes se les equiparan en el derecho, así como los Obispos coadjutores, los Obispos auxiliares y los demás Obispos titulares que, por encargo de la Santa Sede o de la Conferencia Episcopal, cumplen una función peculiar en el mismo territorio”.
Una Conferencia Episcopal trabaja para el bien de la Iglesia y del pueblo de Dios. Además, está al tanto de todos los asuntos sociales, económicos y políticos del país al cual sirven como pastores.
Cada conferencia establece sus estatutos, y estos se rigen por la Santa Sede. La misma está instituida por un Presidente, Vicepresidente y Secretario General. Las reuniones que se fijan, se les llaman asambleas plenarias. Y una vez al año se convoca a dichas asambleas.
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